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Apoyo continuo

La acción social para el personal militar es el conjunto de actividades encaminadas a conseguir una mejora en el sistema de bienestar social del personal militar y para satisfacer sus necesidades en el ámbito social y familiar.

Dentro de la política de acción social del personal militar cabe destacar las ayudas de acción social dirigidas a paliar las mayores cargas económicas que recaen sobre el personal militar tanto por razones profesionales como familiares.

Dada la limitación de los recursos económicos destinados a dichas ayudas y sin perjuicio de que los mismos puedan incrementarse en un futuro, se considera oportuno que exista un grupo de ayudas comunes para todo el personal militar en las que los criterios para su asignación, requisitos, tipos y cuantías sean iguales para todo el personal militar, sin perjuicio de que, una vez cubiertas las anteriores, pueda haber también otras ayudas específicas del Ejército de Tierra que atiendan a las necesidades singulares de su personal.

Con carácter general, las ayudas de acción social son compatibles con las prestaciones que pudieran corresponder por razones similares procedentes del Sistema de Seguridad Social, incluidas las abonadas con ese carácter por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS). Sin embargo, serán incompatibles con las prestaciones de "servicios sociales y asistencia social" reguladas en Reglamento General de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, en el tramo de su cuantía que resulte coincidente.

En las convocatorias anuales, tanto en la de ayudas comunes como en las de ayudas específicas, podrán establecerse otras incompatibilidades.

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